Esta es una modalidad de pago que puede ser beneficiosa tanto para el empleador como para el empleador. Así quedó con el ajuste hecho por el presidente Gustavo Petro.
El salario mínimo quedó para 2026 en COP 1.750.905, lo que se traduce en un incremento del 23 %, que fue anunciado por el presidente Gustavo Petro mediante una alocución hecha en la noche de este lunes.
Por su parte, el auxilio de transporte quedó en COP 249.095, lo que a su vez implica un ajuste del 24,54 %. Sumando ambos valores, el ingreso que regirá desde el 1 de enero es de COP 2 millones.
Según el presidente Petro, el aumento del mínimo favorece al conjunto de la economía, pues los trabajadores que están por encima de ese umbral tratan de que sus salarios se incrementen en ese porcentaje, por ejemplo. Y, a su vez, también pone a circular más dinero que, según el mandatario, redunda en beneficios en ventas para trabajadores de la economía popular que están por debajo del umbral del mínimo.
Para ver el dato en contexto, y siguiendo cifras recopiladas por el Observatorio Laboral de la U. del Rosario, desde 1984 ha habido 12 ocasiones en las que el incremento del mínimo ha estado en el reino del 20 %. Todas fueron entre los años 80 y 90 y ninguna superó a la inflación del momento por encima de 4 %. En otras palabras, un aumento real de 18 % es inédito, teniendo en cuenta que la inflación cerrará 2024 alrededor de 5 %.
Los cambios que introduce el alza en el mínimo
El alza en el mínimo también impacta el denominado salario mínimo integral. Este, según el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, es aquel que acuerda el trabajador con el empleador y se caracteriza por incluir, además del sueldo básico, el pago de las prestaciones, los recargos y otros beneficios (excepto las vacaciones). Lo positivo de esta figura es que simplifica la nómina para los cargos de alta remuneración.
El salario mínimo integral está pensado para cargos de alta remuneración, que estén por encima de los 13 salarios mínimos. Aquí hay que aclarar que no es necesario que todo trabajador por encima de este umbral debe ajustarse al mínimo integral, tan sólo que es legal que lo sean, como lo explicó el exdirector de la Dian y exministro de Comercio, Luis Carlos Reyes.
